Sustancias preocupantes en los embalajes: lo que regula el artículo 5 de la PPWR a partir del 12 de agosto de 2026

La Directiva PPWR limita la presencia de determinadas sustancias nocivas en los embalajes, desde metales pesados hasta PFAS. A continuación, explicamos cuáles son las normas vigentes y cuál es la situación actual de Klingele.

Resumen de los tres grupos de sustancias

Metales pesados: valor límite total de 100 mg/kg

Lo que se aplica:

  • La suma de las concentraciones de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente en los embalajes o en los componentes de los mismos no debe superar los 100 mg/kg.
  • Este requisito se aplica a todos los embalajes, independientemente del material del que estén fabricados.
  • Aplicable a partir del 12 de agosto de 2026.

Conformidad con Klingele:
Los envases de cartón ondulado de Klingele cumplen el límite total de 100 mg/kg para metales pesados, tal y como se acredita en el informe de ensayo de ISEGA n.º 15174-29.

PFAS: valores límite para los embalajes en contacto con alimentos

A partir del 12 de agosto de 2026, no se podrán comercializar los embalajes que entren en contacto con alimentos si contienen PFAS en concentraciones iguales o superiores a los siguientes valores límite.

Valores límite según el artículo 5, apartado 5, del PPWR (concentraciones máximas)

Valor límite¿Para qué exactamente?Observación
25 ppb (= 25 μg/kg)para cada PFAS individual que se mida en el marco de un análisis específicoNo se determinan los PFAS poliméricos
250 ppb (= 250 μg/kg)para la suma de los PFAS medidos mediante análisis específico (incluida, en su caso, la degradación previa de compuestos precursores)En este caso, no se determinan los PFAS poliméricos
50 ppm (= 50 mg/kg)para el total de PFAS (incluidos los PFAS poliméricos)se considera un umbral en el marco del enfoque global

 

 

 

 

Umbral adicional importante: flúor total (TF)
Si el contenidototal de flúor (TF) es >50 mg/kg, la normativa prevé que se demuestre si se trata de flúor procedente de PFAS o de fuentes distintas de los PFAS, para que pueda elaborarse la documentación técnica.

ppb = «partes por mil millones» (aquí: μg/kg), ppm = «partes por millón» (aquí: mg/kg).
Los valores límite se refieren a los envases destinados al contacto con alimentos.

Otras sustancias: plastificantes y retardantes de llama

  • Además, los embalajes no deben contener determinados plastificantes o retardantes de llama, siempre que estén clasificados como peligrosos.
  • En el caso de los envases de cartón ondulado de Klingele, estos grupos de sustancias no suelen ser relevantes para su uso; en el caso de acabados especiales (por ejemplo, recubrimientos), lo comprobamos caso por caso.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes y respuestas sobre este tema

No, lo decisivo es el contacto con los alimentos.

No se ha previsto ningún plazo de agotamiento de existencias para los envases destinados a entrar en contacto con alimentos que se comercialicen a partir del 12 de agosto de 2026.

No existe un método armonizado a nivel de la UE. Por lo tanto, se recomienda un procedimiento en dos fases: en primer lugar, se evalúa, en función del riesgo, la probabilidad de que haya PFAS en un material (por ejemplo, en función de la materia prima y el proceso). Solo cuando exista un riesgo se llevará a cabo un análisis por etapas, comenzando por un sencillo cribado del contenido total de flúor.

Sí, los valores límite pueden referirse a la unidad de envase, incluidos los componentes correspondientes.

Según la lógica del PPWR, el responsable de la verificación de la conformidad es el fabricante (dependiendo de las circunstancias).

Sí, se aplica a todos los embalajes, independientemente del material. Se ha demostrado que los embalajes de cartón ondulado de Klingele cumplen el límite de 100 mg/kg (informe de ensayo de ISEGA n.º 15174-29).

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