Obligaciones de justificación de los fabricantes: evaluar, declarar y documentar la conformidad

Evaluación de la conformidad, declaración de conformidad, documentación: Descubra qué pruebas debe presentar y a partir de cuándo.

Como fabricante, en la mayoría de los casos es usted quien tiene la responsabilidad de garantizar que su embalaje cumpla los requisitos de la PPWR y de poder demostrarlo. Le mostramos qué significa esto concretamente para su empresa.

La PPWR obliga a los fabricantes a seguir un procedimiento formal de evaluación de la conformidad que culmina en una declaración de conformidad. Ambos aspectos están en vigor desde el 12 de agosto de 2026 y están estrechamente relacionados: sin un procedimiento evaluado, no hay declaración válida.

Así funciona la acreditación:

De la valoración a la explicación

  • Comprueba si su embalaje cumple los requisitos establecidos en los artículos 5 a 12 (requisitos sobre materiales, diseño para el reciclaje, etc.)
  • El resultado se recoge en la documentación técnica
  • Obligatorio a partir del 12 de agosto de 2026
  • Debe ajustarse al modelo que figura en el anexo VIII del Reglamento y estar redactado en la lengua oficial del Estado miembro correspondiente
  • Debe mantenerse siempre actualizado
  • Importante: cuando sean de aplicación varias disposiciones legislativas de la UE, basta con una única declaración consolidada
  • Al emitirla, usted, como productor, asume la responsabilidad de la conformidad del embalaje
  • 5 años para los envases desechables
  • 10 años para los envases reutilizables
  • Tanto en formato electrónico como en papel
  • En caso de cambios en el diseño: volver a realizar el procedimiento de evaluación
  • Medidas correctivas en caso de detectarse una no conformidad
  • En su caso, retirada del mercado o recuperación del producto
  • Notificación a la autoridad de vigilancia del mercado

Nota

Las autoridades competentes comprueban anualmente, según un enfoque basado en el riesgo, una parte de las declaraciones de conformidad. En caso de incumplimiento, se pueden adoptar medidas que pueden llegar hasta la retirada del producto del mercado.

Es bueno saberlo:

¿Quién se considera «fabricante» en este contexto?

Los importadores o distribuidores que comercialicen embalajes bajo su propio nombre o que realicen modificaciones que afecten a la conformidad también se consideran productores y están sujetos a las mismas obligaciones.
¿No está seguro de qué categoría de actor le corresponde?

Envases reutilizables existentes

Los envases reutilizables que ya se hubieran comercializado antes de la entrada en vigor del PPWR podrán seguir comercializándose hasta el final de su vida útil, sin necesidad de que cumplan a posteriori los requisitos de los artículos 5 a 12.

Obligación de etiquetado

Además de la declaración de conformidad, la PPWR exige, a partir del 12 de agosto de 2026, que los embalajes se identifiquen con un número de identificación único, el nombre o la marca y la dirección de contacto; en su caso, también mediante un código QR o un soporte de datos digital.

Preguntas frecuentes sobre la obligación de presentar justificantes

La evaluación es el procedimiento de verificación previsto en el artículo 38 y el anexo VII de la Directiva PPWR. La declaración es el documento oficial resultante de dicho procedimiento, previsto en el artículo 39.

5 años en el caso de los envases desechables, 10 años en el caso de los envases reutilizables, tanto en formato electrónico como en papel.

Sí, un cambio en el diseño requiere que se vuelva a llevar a cabo el procedimiento de evaluación.

Debe adoptar medidas correctivas, retirar el producto del mercado o proceder a su recuperación si fuera necesario, e informar a la autoridad de vigilancia del mercado.

No, cuando sean de aplicación varias normas de la UE, basta con una única declaración consolidada, aunque debe estar redactada en la lengua oficial del país correspondiente.

Los envases reutilizables comercializados antes de la entrada en vigor de la PPWR podrán seguir comercializándose hasta el final de su vida útil sin necesidad de cumplir a posteriori los requisitos establecidos en los artículos 5 a 12.

Organicemos juntos su proceso de verificación.

Evaluación de la conformidad, declaración, documentación: le ayudamos a diseñar un proceso viable para sus embalajes específicos.

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